Sucesiones
Civil
Clases de sucesiones
1.- Sucesión sin testamento (ab intestato)
Son aquellas sucesiones en las que la persona fallecida (causante) NO ha dejado testamento ni orden sobre el reparto de los bienes.
2.- Sucesión testamentaria.
En este caso la persona fallecida (causante) realiza un testamento en el cual señala la forma de distribución de los bienes.
Documentación requerida para Iniciar Sucesión
- Certificado de Defunción del causante.
- Partidas de Nacimiento/Matrimonio de los herederos.
- Fotocopia de D.N.I. de los herederos.
Preguntas frecuentes
¿En qué juzgado se inicia la sucesión?
La sucesión se debe iniciar en la jurisdicción del último domicilio del causante.
¿Qué tipos de herederos hay en una sucesión sin testamento - ab intestato?
Tipos de herederos:
Forzosos: descendientes, ascendientes y cónyuge.No pueden ser privados de la herencia salvo que exista una causa grave que lo permita.
No forzosos: colaterales, consanguíneos hasta el cuarto grado: hermanos, tíos, sobrinos y primos hermanos.
Qué tipos de herederos hay en una sucesión con testamento?
Ante la existencia de un testamento, puede haber 3 clases de herederos: Los Universales (tienen derecho al todo); los herederos de cuota (reciben un porcentaje de la herencia); y los Legatarios (recibe un bien determinado).
¿Cuánto demora el trámite de la sucesión?
Siempre va a depender de la complejidad del caso, los bienes y el juzgado que tramita. No obstante ello, se estima un aproximado de entre 3 y 6 meses para obtener la Declaratoria de Herederos.